
Tal y como se está desarrollando hasta ahora el proceso judicial contra Baltasar Garzón, el magistrado más famoso de la Audiencia Nacional podría encontrarse, con 54 años, en el final de su carrera profesional.
Los más agoreros lo venían vaticinando desde el momento en que el Tribunal Supremo admitió a trámite las querellas del sindicato ultraderechista Manos Limpias, en mayo del 2009, y de Falange Española y de las Jons, en enero de 2010. En ambas denuncias se acusa al juez de prevaricación por tratar de investigar los crímenes del franquismo sin tener competencias para ello.
El juez del Tribunal Supremo Luciano Varela adelantó, al anunciar la apertura de juicio oral a su compañero de carrera, que a Garzón le puede caer una condena de entre 10 y 20 años de inhabilitación especial para ejercer empleo o cargo público, lo que, de ser así, supondría un penoso colofón a una trayectoria judicial brillante, aunque no exenta de polémica.
La verdad es que resulta más que paradójico ver a Garzón abocado al banquillo y al borde de la inhabilitación como consecuencia de las querellas de unas minoritarias organizaciones de la ultraderecha, herederas del franquismo, y de la severa interpretación de la ley que realiza el instructor Varela, que, por cierto, es un juez progresista, que colaboró con el ministro Juan Alberto Belloch y las entonces secretarias de Estado, María Teresa Fernández de la Vega y Margarita Robles.
Es llamativo –y de difícil comprensión para el ciudadano medio– que las disquisiciones jurídicas sobre los límites de la actuación del juez se hayan planteado precisamente cuando Garzón pretendía investigar las desapariciones del franquismo, una cuestión que aún está pendiente de dilucidar y que sigue siendo tabú en España, a pesar del tiempo transcurrido desde la muerte del dictador.
Cuando antes otros muchos y mucho más poderosos hubieran dado lo que fuera por apartarle de su puesto y de los procesos que estaba instruyendo parece increíble que pueda ser la ultraderecha la que logre anular al juez.
Es evidente que el hecho de que haya sido uno de los magistrados más activos en la lucha contra el terrorismo de ETA, contra el terrorismo islámico, contra el GAL, contra las grandes redes de narcotráfico y en la persecución de los crímenes de las dictaduras de Chile y Argentina no puede ser una eximente de su responsabilidad penal si la tuviera.
Pero más allá de si al incoar el procedimiento contra el franquismo se ajustó al pie de la letra a la ley o no, resulta insólito que desde la Audiencia Nacional española haya podido investigar las desapariciones en los regímenes represivos del Cono Sur, cuando los dictadores aún vivían, y no pueda hacerlo aquí cuando el dictador lleva 35 años muerto.








